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Cumpla con precios de transferencia y optimice su carga fiscal

Servicios de precios de transferencia: documentación, benchmarking y defensa ante inspecciones. Cumplimiento OCDE garantizado.

El problema

Los grupos multinacionales enfrentan exigencias crecientes en materia de precios de transferencia: directrices de la OCDE, obligaciones documentales en España sobre operaciones vinculadas, riesgo de ajustes por parte de la Agencia Tributaria, doble imposición internacional y sanciones por incumplimiento. La falta de documentación adecuada convierte cada inspección fiscal en una amenaza para la rentabilidad del grupo.

Nuestra solución

Ofrecemos servicios integrales de precios de transferencia: estudios de benchmarking, preparación de la documentación obligatoria (master file y local file), negociación de acuerdos previos de valoración (APA), resolución de controversias y diseño de políticas de precios entre entidades vinculadas conformes con las directrices OCDE en multiples jurisdicciones.

Proceso

Como lo hacemos

1

Análisis de operaciones vinculadas

Identificamos y caracterizamos todas las transacciones entre entidades del grupo: compraventas, servicios intragrupo, cesiones de intangibles, financiacion y acuerdos de reparto de costes.

2

Estudio de comparabilidad (benchmarking)

Realizamos análisis de comparabilidad con bases de datos especializadas para determinar los rangos de precios de mercado aplicables a cada tipo de operación.

3

Documentación y política de precios

Elaboramos el master file, local file y, cuando aplica, el informe país por país (CbCR). Diseñamos políticas de precios de transferencia coherentes y defendibles.

4

Defensa ante inspecciones

Representamos al grupo ante la Agencia Tributaria en comprobaciones de precios de transferencia, incluyendo procedimientos amistosos y arbitraje para eliminar la doble imposición.

500+
Operaciones documentadas
100%
Auditorías superadas
15+
Jurisdicciones cubiertas

La documentación de precios de transferencia preparada por BMC resistio una inspección de la AEAT sin un solo ajuste. Su conocimiento de las directrices OCDE y del marco español es excepcional.

Fernando Gil CFO, Nextera Industrial Group

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Obligaciones en España

La normativa española de precios de transferencia esta recogida en el artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y su desarrollo reglamentario. Las obligaciones documentales siguen el estándar de tres niveles de la OCDE: master file (documentación del grupo), local file (documentación de la entidad) e informe país por país (CbCR) para los grandes grupos.

El incumplimiento no es solo un riesgo teorico. La Agencia Tributaria ha intensificado sus comprobaciones de precios de transferencia en los últimos años, con equipos especializados que analizan las políticas intragrupo con herramientas sofisticadas. Tener la documentación preparada y actualizada es la mejor defensa.

Metodologías de valoración

La eleccion del método de valoración es una de las decisiones más críticas en precios de transferencia. No existe un método universalmente mejor: la idoneidad depende del tipo de transacción, la disponibilidad de comparables fiables y las funciones, activos y riesgos de cada entidad.

Para transacciones de bienes, el método del precio libre comparable (CUP) es el preferido cuando existen comparables internos o externos. Para servicios intragrupo, el coste incrementado suele ser el más práctico. Para operaciones complejas que involucran intangibles únicos, el reparto de beneficios (profit split) puede ser la única opcion viable. Nuestro equipo selecciona y justifica el método óptimo para cada operación.

Como evitar ajustes fiscales

La clave para evitar ajustes de precios de transferencia es la prevención: documentación robusta, políticas coherentes y revisión periódica. Recomendamos a nuestros clientes actualizar la documentación anualmente, revisar las políticas de precios cuando cambian las circunstancias del negocio y considerar la solicitud de un APA para las operaciones de mayor volumen o complejidad.

Cuando la inspección ya esta en curso, la calidad de la documentación marca la diferencia. Un informe bien fundamentado, con análisis de comparabilidad riguroso y justificación económica sólida, es la herramienta más eficaz para defender la posición del grupo y evitar ajustes que pueden derivar en doble imposición y litigios prolongados.

FAQ

Preguntas frecuentes

Son los precios pactados en transacciones entre entidades vinculadas (empresas del mismo grupo). La normativa exige que estos precios se fijen como si las operaciones se realizaran entre partes independientes (principio de plena competencia o arm's length). El objetivo es evitar que los beneficios se trasladen artificialmente a jurisdicciones de baja tributación.
En España, la obligación de documentar aplica a entidades con cifra de negocios superior a 10 millones de euros o que pertenezcan a grupos que superen ese umbral. También aplica a operaciones específicas como las realizadas con entidades en paraisos fiscales, independientemente del volumen. Los grupos con facturación superior a 750 millones deben presentar además el informe país por país.
Los principales métodos reconocidos por la OCDE son el precio libre comparable (CUP), el método del coste incrementado (cost plus), el método del precio de reventa (resale price), el método del margen neto transaccional (TNMM) y el método de distribución del resultado (profit split). La eleccion del método depende del tipo de operación y la disponibilidad de comparables.
El incumplimiento puede resultar en ajustes fiscales que incrementen la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, sanciones por falta de documentación (entre 1.000 y 10.000 euros por dato omitido), y riesgo de doble imposición si la Administración de otro país no acepta el ajuste. Las sanciones pueden ser muy significativas en operaciones de gran volumen.
Es un acuerdo con la Administración tributaria que fija por anticipado el método de valoración aplicable a las operaciones vinculadas durante un período determinado (normalmente 4 años, prorrogable). Los APA aportan seguridad jurídica y eliminan el riesgo de ajustes posteriores, aunque requieren un proceso de negociación y transparencia total.
Si, aunque con obligaciones simplificadas. Las pymes con operaciones vinculadas deben cumplir el principio de plena competencia aunque no esten obligadas a la documentación completa. Es especialmente relevante en operaciones entre una sociedad y sus socios o administradores, como retribuciones, alquileres o prestamos.

De el primer paso

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