Respuesta a Incidentes Ciber: Cada Minuto Cuenta
Planes de respuesta a incidentes, ejercicios de simulacro, contencion de brechas, coordinación forense y notificaciones regulatorias ante la AEPD y NIS2.
Aplica esto a tu empresa?
¿Su empresa tiene un plan de respuesta a incidentes documentado y probado en los últimos 12 meses?
¿Conoce el equipo directivo exactamente que debe hacer en las primeras horas de un ciberataque?
¿Tiene identificado quien se ocupa de las notificaciones a la AEPD y al organismo NIS2 cuando el reloj empieza a correr?
¿Ha realizado algun ejercicio de simulacro con un escenario de ransomware o brecha de datos en el último año?
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Como trabajamos
Desarrollo del plan de respuesta a incidentes
Diseñamos el plan de respuesta a incidentes (IRP) adaptado a los activos críticos y los riesgos específicos de la empresa: clasificación de incidentes, roles y responsabilidades, procedimientos de contencion, cadenas de comunicación y criterios de escalada.
Ejercicios de simulacro (tabletop)
Facilitamos ejercicios de simulacro con el equipo directivo y técnico para poner a prueba el plan en escenarios realistas: ransomware, brecha de datos, ataque a la cadena de suministro, fallo de sistema crítico. El simulacro revela los fallos antes de que lo haga un incidente real.
Coordinación de la respuesta a incidentes reales
Ante un incidente real, activamos el soporte inmediato: coordinación con el equipo técnico de contencion, gestión de la investigación forense, asesoramiento legal sobre notificaciones y representación ante autoridades regulatorias.
Notificaciones regulatorias y comunicación de crisis
Gestionamos las notificaciones obligatorias: AEPD en 72 horas (RGPD), organismo supervisor NIS2 en 24 horas (alerta temprana) y 72 horas (informe inicial), y comunicación a los afectados cuando procede. Coordinamos la comunicación de crisis con clientes, socios y medios.
El desafio
Un incidente de ciberseguridad mal gestionado es mucho más danino que el propio incidente. Sin un plan de respuesta operativo, las organizaciones pierden horas críticas en decisión y coordinación, extienden el impacto del ataque y se arriesgan a sanciones regulatorias por no notificar a la AEPD en 72 horas o al organismo supervisor NIS2 en 24 horas. La improvisacion durante un ciberataque activo es la causa más frecuente de daños evitables.
Nuestra solución
Desarrollamos planes de respuesta a incidentes adaptados a la realidad de cada empresa, facilitamos ejercicios de simulacro que ponen a prueba el plan en condiciones reales, y cuando ocurre un incidente real, coordinamos la respuesta técnica y legal: contencion, análisis forense, notificaciones regulatorias (AEPD y NIS2) y comunicación de crisis.
La gestión de incidentes de ciberseguridad en España está sujeta a un marco regulatorio con plazos de notificación escalonados: el RGPD (Reglamento UE 2016/679, art. 33) exige notificar a la AEPD en 72 horas cuando el incidente constituye una brecha de datos personales con riesgo para los derechos de los afectados; la Directiva NIS2 (Directiva UE 2022/2555), transpuesta en España mediante el Real Decreto-ley 14/2022 y normativa de desarrollo, impone una alerta temprana al organismo supervisor en 24 horas para incidentes significativos, un informe inicial en 72 horas y un informe final en un mes; y el Reglamento DORA (Reglamento UE 2022/2554), aplicable a entidades financieras desde enero de 2025, establece notificación a la autoridad competente en el menor tiempo posible, máximo 4 horas para incidentes graves. Un plan de respuesta a incidentes (IRP) documentado y probado mediante ejercicios de simulacro (tabletop) es la medida técnica más eficaz para garantizar el cumplimiento de estos plazos y limitar el impacto operativo y reputacional de un ciberataque.
Plan de respuesta a incidentes de ciberseguridad: el documento que salva empresas bajo presion
Un incidente de ciberseguridad mal gestionado es mucho más danino que el propio incidente. Sin un plan de respuesta operativo, las organizaciones pierden horas críticas en decisión y coordinación, extienden el impacto del ataque y se arriesgan a sanciones regulatorias por no notificar a la AEPD en 72 horas o al organismo supervisor NIS2 en 24 horas. La improvisacion durante un ciberataque activo es la causa más frecuente de daños evitables.
Los errores más costosos después de incidentes mal gestionados: notificación tardia a la AEPD que convierte un incidente gestionable en infracción grave; comunicación descoordinada a clientes que genera más daño reputacional que el incidente original; documentación del incidente insuficiente para la reclamación al ciber-seguro.
Simulacros de ciberseguridad y notificación garantizada en plazo
Nuestro equipo desarrolla el plan de respuesta a incidentes adaptado a los activos críticos y los riesgos específicos de la empresa. El plan no es un documento estatico: lo probamos con ejercicios de simulacro (tabletop) que ponen al equipo directivo y técnico en condiciones reales de estres. Cuando ocurre un incidente real, activamos soporte inmediato: coordinación con el equipo técnico, gestión de la investigación forense, notificaciones regulatorias y comunicación de crisis.
Para empresas que quieren garantía de respuesta, ofrecemos un retainer con tiempo de respuesta garantizado de cuatro horas en horas habiles. El servicio se integra de forma natural con el CISO Virtual y con el programa de cumplimiento NIS2 para una cobertura completa.
Contexto regulatorio en España
El RGPD impone notificación a la AEPD en 72 horas cuando la brecha supone riesgo para los derechos de las personas (artículo 33). NIS2 impone una alerta temprana al organismo supervisor en 24 horas para incidentes significativos, con informe inicial en 72 horas e informe final en un mes. Para entidades financieras, DORA exige notificación inicial a la autoridad competente (Banco de España o CNMV) en el menor tiempo posible, máximo 4 horas para incidentes graves. Las sanciones por notificación tardia son independientes del incidente original: la AEPD puede sancionar la omisión aunque el daño real haya sido menor.
La póliza de ciber-seguro suele exigir notificación al asegurador dentro de un plazo específico tras la detección, que debe coordinarse con las notificaciones regulatorias.
Resultados que puedes esperar
- Plan de respuesta a incidentes documentado y probado con ejercicios de simulacro
- Protocolo de notificación a la AEPD (72h) y NIS2 (24h alerta temprana) operativo
- Coordinación de la respuesta técnica y jurídica desde el primer momento del incidente
- Gestión de la investigación forense con cadena de custodia documentada
- Comunicación de crisis a clientes y socios coordinada y jurídicamente correcta
- Análisis post-mortem con lecciones aprendidas para mejorar el plan
Un ciberataque activo es el peor momento para descubrir que el plan de respuesta no existe, que nadie sabe a quien llamar o que los procedimientos documentados no reflejan la realidad operativa.
El plan de respuesta a incidentes no es un documento que se guarda en un cajón. Para ser útil, debe reflejar la arquitectura técnica real de la empresa, los activos críticos que deben protegerse prioritariamente, los roles reales de las personas que van a ejecutarlo y los contactos actualizados de proveedores, autoridades y aseguradoras. Debe probarse periódicamente mediante ejercicios de simulacro que pongan al equipo en situación de estres real y revelen los fallos antes de que lo haga un incidente real.
Los ejercicios de simulacro que facilitamos van más allá de un debate teorico. Utilizamos escenarios detallados basados en los vectores de ataque más frecuentes en el sector específico de la empresa (ransomware en empresas de manufactura, phishing con compromiso de credenciales en profesionales, ataques a la cadena de suministro en sectores críticos), introducimos complicaciones en tiempo real y medimos la capacidad de decisión y comunicación del equipo bajo presion. El informe post-ejercicio identifica las brechas críticas y genera un plan de mejora concreto.
Cuando ocurre un incidente real, la coordinación entre la respuesta técnica y la gestión jurídica es crítica. El equipo forense necesita preservar evidencias de una forma que sea admisible si hay implicación penal. Las notificaciones regulatorias deben ser precisas y coherentes, porque la AEPD y el organismo supervisor NIS2 pueden solicitar información adicional que debe ser consistente con lo ya notificado. Si hay potencial reclamación al ciber-seguro, la documentación del incidente debe satisfacer los requisitos de la aseguradora. Nuestro servicio coordina todas estas dimensiones desde el primer momento.
Las obligaciones de notificación del RGPD y de NIS2 corren en paralelo con tiempos muy ajustados. En nuestra experiencia, las empresas que han realizado el ejercicio de simulacro y tienen el protocolo documentado y probado cumplen los plazos con margen. Las que improvisan rara vez lo consiguen.
Ransomware: el escenario que más empresas enfrentan en España
El ransomware es el tipo de incidente de ciberseguridad más frecuente y costoso en España. Según los datos del CCN-CERT y el INCIBE, los ataques de ransomware representan más del 40% de los incidentes graves notificados cada año. El vector de entrada más común es el correo electrónico de phishing que compromete las credenciales de un empleado; a partir de ahí, el atacante se mueve lateralmente por la red durante días o semanas antes de ejecutar el cifrado.
La gestión de un incidente de ransomware tiene fases muy definidas, y cada una tiene sus propias decisiones críticas:
Fase de contencion (primeras horas). Aislar los sistemas afectados sin apagar los equipos —para preservar la memoria volátil con evidencias del ataque— identificar el alcance del cifrado y evaluar si hay exfiltración de datos antes del cifrado. Esta última pregunta es la más importante para determinar las obligaciones de notificación: si hay datos personales exfiltrados, la obligación de notificar a la AEPD en 72 horas ya ha empezado a correr.
Fase de decisión de pago (24-72 horas). La decisión de pagar o no el rescate es una de las más complejas que una empresa puede enfrentar. Pagar no garantiza la recuperación de los datos, financia la actividad criminal y puede tener implicaciones legales si el grupo atacante está en listas de sanciones internacionales (OFAC). No pagar puede significar la pérdida permanente de datos si no hay backups adecuados. Nuestro equipo asesora jurídica y operativamente esta decisión.
Fase de recuperación (72 horas - 2 semanas). Restauración desde backups verificados, eliminación del vector de entrada para prevenir reinfección, y documentación forense del incidente para el seguro y las autoridades. Coordinamos con el equipo de auditoría de ciberseguridad para identificar y cerrar las vulnerabilidades que permitieron el acceso.
Fase de notificaciones y post-mortem. Notificaciones a la AEPD, al organismo supervisor NIS2 y al asegurador, con documentación coherente entre los tres destinatarios. Análisis post-mortem con el equipo directivo y actualización del plan de respuesta a incidentes con las lecciones aprendidas.
La experiencia que nos respalda
A las 2 de la mañana del sabado nos llamaron para decirnos que nuestros sistemas estaban cifrados. Llamamos a BMC y en menos de dos horas teniamos coordinación en marcha: equipo forense activado, sistemas aislados, y para el domingo por la tarde, las notificaciones a la AEPD ya estaban redactadas. El lunes estabamos operativos con sistemas recuperados. Sin el plan previo que habiamos hecho con ellos tres meses antes, habría sido catastrofico.
Equipo con experiencia local y visión internacional
Entregables concretos
Plan de respuesta a incidentes (IRP)
Diseño del plan de respuesta adaptado a los activos críticos, riesgos específicos y estructura organizativa de la empresa: roles, procedimientos, comunicaciones y notificaciones regulatorias.
Ejercicios de simulacro (tabletop)
Facilitacion de ejercicios de simulacro con el equipo directivo y técnico en escenarios realistas: ransomware, brecha de datos, ataque de phishing con compromiso de cuentas, fallo de proveedor crítico.
Soporte a incidentes reales
Activación inmediata de soporte técnico-legal ante incidentes reales: coordinación de contencion, gestión de la investigación forense y asesoramiento legal en tiempo real.
Notificaciones regulatorias
Redacción y gestión de notificaciones a la AEPD (RGPD, 72h), al organismo supervisor NIS2 (24h alerta temprana, 72h informe inicial) y a los afectados cuando procede.
Comunicación de crisis y post-mortem
Gestión de la comunicación a clientes, socios y medios durante y tras el incidente, y realizacion del análisis post-mortem para actualizar el plan con las lecciones aprendidas.
Resultados que hablan
Recuperacion de cartera de deuda comercial
Recuperacion del 92% de la cartera en 4 meses, con acuerdos extrajudiciales en el 78% de los casos.
Defensa laboral integral para multinacional industrial
100% de resoluciones favorables: 5 acuerdos ventajosos en conciliación y 3 sentencias estimatorias completas.
Programa RGPD para grupo hospitalario: de investigación a cumplimiento pleno
Investigación de la AEPD cerrada sin sanción. Cumplimiento RGPD pleno alcanzado en 6 meses en todos los centros del grupo.
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