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Asesoramiento integral para el sector de la construcción en España

Asesoramos a promotores inmobiliarios, constructoras y empresas de ingenieria civil en España en materia fiscal, laboral, legal y corporativa, con especial atención al régimen de IVA de inversión del sujeto pasivo, la normativa de subcontratacion y la prevención de riesgos laborales.

367.869
empresas activas en España
1.484.372
trabajadores afiliados (SS)
10,6%
cuota empresarial en la UE

Fuente: cifex · Seguridad Social

120+
promotoras y constructoras asesoradas
800M€+
en proyectos inmobiliarios y de obra civil gestionados
15+
años de experiencia en el sector de la construcción

El sector de la construcción en España es uno de los pilares de la economía productiva del país. Con más de 367.000 empresas activas y cerca de 1,5 millones de trabajadores dados de alta en la Seguridad Social, concentra el 10,6% de la cuota de mercado de la Union Europea en su sector, una posición que refleja tanto el tamaño del mercado español como su relevancia dentro del proyecto europeo de transición energética y renovation del parque edificado. El sector atraviesa un momento de intensa actividad impulsada por la demanda residencial, la rehabilitación energética de edificios con el respaldo de los fondos NextGenerationEU, y la licitacion de grandes proyectos de infraestructura pública.

La atomizacion del tejido empresarial —más de tres de cada cuatro empresas son micropymes o autónomos— convierte al sector en uno de los más expuestos a contingencias laborales, fiscales y regulatorias. La normativa urbanistica es autonómica y municipal, el régimen de IVA contiene reglas específicas de inversión del sujeto pasivo que difieren del resto de sectores, la Ley de Subcontratacion impone límites y obligaciones documentales estrictos, y la normativa de prevención de riesgos laborales es de aplicación particularmente exigente en obra. Gestionar bien estos vectores es la diferencia entre un proyecto rentable y uno que acumula contingencias.

En BMC asesoramos a promotores inmobiliarios, constructoras de obra civil, empresas de instalaciones y mantenimiento, y subcontratas especializadas en todos los aspectos fiscales, legales y laborales de su actividad. Nuestros servicios incluyen la estructuracion del vehículo promotor (sociedad ad hoc, joint venture, UTE), la planificación fiscal del proyecto de promocion desde la compra del suelo, la revisión del impacto del IVA de inversión del sujeto pasivo en la cadena de pagos, la due diligence urbanistica y registral de suelo, y la gestión de contratos de obra (llave en mano, por unidades de obra, colaboración público-privada). También acompañamos en licitaciones públicas y en la redacción de los pliegos contractuales con subcontratistas.

En el ámbito laboral, la construcción es uno de los sectores con mayor exposición a la responsabilidad solidaria por deudas de las subcontratas, a sanciones por incumplimiento del Libro de Subcontratacion y a accidentes de trabajo con consecuencias penales. Nuestro equipo de derecho laboral asesora en la elaboración del plan de seguridad y salud, la coordinación de actividades empresariales, los convenios colectivos sectoriales aplicables (Convenio General de la Construcción) y la gestión de ERTEs estacionales frecuentes en el sector. Complementariamente, gestionamos la obtención de ayudas y subvenciones para rehabilitación energética, digitalización de obra y formación profesional.

Fiscalidad específica del sector constructor

La construcción tiene un régimen fiscal específico en varios impuestos que el asesor debe dominar en detalle. En el Impuesto sobre Sociedades, las empresas constructoras pueden aplicar el criterio de imputación de ingresos por grado de avance de obra (porcentaje de realización), lo que permite diferir el reconocimiento de ingresos y gestionar la tributación a lo largo del ciclo del proyecto. Las provisiones por garantías post-entrega y los créditos fiscales por inversión en rehabilitación energética son otro ámbito donde una correcta planificación fiscal reduce la carga impositiva.

En el IRPF, las retenciones aplicables a los pagos efectuados a subcontratistas bajo el régimen de módulos (1%) y a profesionales (15% o 7%) deben gestionarse con rigor para evitar derivaciones de responsabilidad hacia el promotor o el contratista principal. Los derechos de tanteo y retracto en la compraventa de inmuebles y la tributación de los contratos de permuta —solar por obra futura— son operaciones complejas que requieren planificación previa.

Coordinación de actividades empresariales y PRL

La Ley 32/2006 de subcontratación y el Real Decreto 171/2004 de coordinación de actividades empresariales en obras de construcción imponen al promotor y al contratista principal obligaciones de vigilancia activa sobre el cumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales por parte de toda la cadena de subcontratistas. BMC asesora en la elaboración y actualización de planes de seguridad y salud, en la gestión del libro de subcontratación y en los procedimientos administrativos sancionadores de la Inspección de Trabajo cuando se producen accidentes o irregularidades en obra.

Por qué elegir BMC para su sector

En BMC contamos con equipos especializados por sector, no generalistas que aplican soluciones estándar a todos sus clientes. Nuestros asesores conocen en profundidad la regulación sectorial, los convenios colectivos aplicables, los tipos impositivos específicos y los criterios que utiliza la Inspección de Hacienda y la Inspección de Trabajo cuando revisan empresas de su actividad. Esta especialización nos permite anticipar riesgos, aprovechar oportunidades fiscales y ofrecer asesoramiento estratégico de calidad.

Trabajamos con empresas de todos los tamaños: desde autónomos y microempresas hasta grupos empresariales con estructura holding y filiales en varios países. En todos los casos, el modelo de relación es el mismo: un equipo dedicado, comunicación directa sin burocracia y total transparencia sobre honorarios y servicios. Si desea analizar la situación de su empresa sin compromiso, póngase en contacto con nuestro equipo a través del formulario de consulta o directamente por teléfono.

Glosario

Términos Clave del Sector

Due diligence

Proceso sistemático de investigación y verificación que se realiza antes de cerrar una operación corporativa (compraventa de empresa, inversión, fusión) para identificar riesgos ocultos, confirmar la información proporcionada y determinar el valor real del activo o empresa objeto de la transacción.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) es un tributo cedido a las comunidades autónomas que grava las transmisiones onerosas de bienes y derechos entre particulares, las operaciones societarias (constitución, disolución, ampliación de capital) y los actos jurídicos documentados (escrituras notariales, letras de cambio, pagarés). Su modalidad más conocida es la que grava la compraventa de viviendas usadas.

Plusvalia municipal

La plusvalia municipal es el nombre coloquial del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), un tributo local que grava el incremento de valor que experimentan los terrenos urbanos entre la fecha de adquisición y la fecha de transmisión. Se devenga en el momento de la venta, donacion o herencia de inmuebles urbanos y es gestionado por el ayuntamiento del municipio donde se ubica el terreno.

Prevención del blanqueo de capitales (PBC)

La prevención del blanqueo de capitales (PBC) es el conjunto de obligaciones legales, procedimientos internos y medidas de control que determinadas categorías de empresas y profesionales (sujetos obligados) deben implementar para detectar, prevenir y comunicar a las autoridades las operaciones que puedan estar relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. En España, el marco normativo principal es la Ley 10/2010, de 28 de abril, y su Reglamento de desarrollo.

Responsabilidad penal de la persona jurídica

La responsabilidad penal de la persona jurídica es el régimen por el que las sociedades y otras entidades pueden ser directamente responsables penalmente por los delitos cometidos en su nombre o por su cuenta y en su beneficio, ya sea por sus representantes legales o por personas bajo su autoridad que no fueron debidamente supervisadas. Fue introducida en España con la reforma del Código Penal de 2010 y completada en 2015.

Administrador Concursal

El administrador concursal es el profesional designado por el juzgado de lo mercantil para supervisar y, en caso de apertura de la fase de liquidación, gestionar el proceso de concurso de acreedores. Está regulado en el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) y puede ser un abogado, un economista, un auditor de cuentas o una persona jurídica especializada. Sus funciones incluyen la elaboración del informe de administración concursal, la determinación de la masa activa y pasiva, y la supervisión de los actos de disposición del deudor concursado.

FAQ

Preguntas frecuentes

La regla de inversión del sujeto pasivo en construcción (art. 84.Uno.2f LIVA) obliga al destinatario empresario o profesional a autoliquidar el IVA cuando recibe servicios de ejecución de obra, incluyendo albañileria, instalaciones y acabados. Esto aplica tanto en contratas como subcontratas. La correcta identificación de cada operación como sujeta a este régimen es crítica para evitar sanciones e ingresos indebidos ante la AEAT.
La Ley 32/2006 de subcontratacion limita a tres los niveles de subcontratacion en obra, exige el Libro de Subcontratacion en cada centro de trabajo, y requiere que las empresas cuenten con organización productiva propia y trabajadores con formación en PRL (Prevención de Riesgos Laborales). El incumplimiento puede derivar en responsabilidad solidaria del contratista principal por deudas laborales y de Seguridad Social de la subcontrata.
Los pagos a contratistas y subcontratistas personas físicas o entidades en estimación objetiva (módulos) en el IRPF están sujetos a retenciones del 1% o 2% sobre el importe de la factura. Además, cuando la contratista es una sociedad, el promotor que sea persona física arrendador de inmueble tiene obligación de retener si concurren determinados requisitos. La gestión correcta de estos flujos evita contingencias con Hacienda en inspecciones de rentas del capital.
La promocion inmobiliaria genera un ciclo fiscal complejo: IVA en la adquisición del suelo y en la construcción (con derecho a deducción), Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU o plusvalia municipal) en la transmisión, IS sobre el margen promotor y posibles tributaciones especiales en herencias o donaciones de activos. Estructurar correctamente el vehículo promotor y la financiacion desde el inicio del proyecto puede generar ahorros fiscales muy relevantes.
Antes de iniciar cualquier actuación edificatoria es necesario verificar la clasificación y calificación del suelo, obtener la licencia de obras o la declaración responsable según el municipio, inscribir la obra nueva en el Registro de la Propiedad (cuando proceda) y cumplir los requisitos del Código Técnico de la Edificacion (CTE). La falta de alguno de estos elementos puede paralizar la obra, generar responsabilidad penal urbanistica o impedir la posterior venta de las unidades.

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