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Cuatro obligaciones de compliance, un solo proveedor: ahorre tiempo, dinero y duplicidades

Un solo proveedor para todas las obligaciones de compliance de su empresa: RGPD, prevención del blanqueo, canal de denuncias Ley 2/2023 y programa penal Art. 31 bis. Más barato y más coherente que contratar por separado.

Consulta compliance integral para mi empresa

El problema

Las empresas medianas españolas —entre 50 y 250 empleados— se enfrentan a un tsunami regulatorio sin precedentes. En menos de cinco años han entrado en vigor o se han intensificado cuatro grandes marcos de cumplimiento que afectan de forma simultánea a prácticamente cualquier empresa de este tamaño: el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la LOPDGDD con sus obligaciones de registro, DPO y evaluaciones de impacto; la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales para los sujetos obligados del sector; la Ley 2/2023 de protección de los informantes (Directiva Whistleblowing) que obliga a las empresas de 50 o más empleados a implantar un canal de denuncias operativo antes de diciembre de 2023; y el régimen de responsabilidad penal de la persona jurídica del artículo 31 bis del Código Penal, que solo puede exonerar o atenuar la responsabilidad penal si la empresa contaba con un programa de prevención de delitos efectivo antes de que se cometiera el ilícito. El problema es que muchas empresas gestionan estas obligaciones de forma fragmentada: una consultora para el RGPD, un despacho para el compliance penal, una plataforma tecnológica para el canal de denuncias, y nadie que supervise si los cuatro programas son coherentes entre sí. Esta fragmentación genera duplicidades documentales, políticas contradictorias, costes innecesarios y, lo más grave, brechas de cumplimiento invisibles. El canal de denuncias procesa datos personales y necesita su propio registro de actividades conforme al RGPD. El compliance penal requiere un canal de denuncia de irregularidades. La prevención del blanqueo necesita políticas internas que no contradigan las de protección de datos. Todo está conectado.

Nuestra solución

BMC ofrece un servicio de compliance integral para pymes que unifica las cuatro obligaciones bajo un solo proveedor y un solo interlocutor. Diseñamos el programa de cumplimiento como un sistema coherente en el que las políticas internas, los procedimientos y la documentación no se duplican sino que se complementan. Un único responsable externo de compliance coordina los cuatro ámbitos, conoce la empresa en profundidad y garantiza que no existen contradicciones entre los distintos programas. El enfoque integrado no solo reduce el coste total de compliance —estimamos un ahorro del 30% al 50% frente a contratar los cuatro servicios por separado a distintos proveedores— sino que produce un programa de cumplimiento de mejor calidad, porque los distintos elementos se diseñan de forma coordinada desde el principio. Incluimos además una auditoría anual de cumplimiento que revisa el estado de todos los programas y actualiza la documentación ante cambios normativos.

Proceso

Como lo hacemos

1

Auditoría de compliance multidisciplinar

Iniciamos el servicio con una auditoría transversal que analiza el estado actual de cumplimiento en los cuatro ámbitos: RGPD (registros, contratos con encargados, política de privacidad, bases de legitimación), PBC (si aplica), canal de denuncias y compliance penal. Entregamos un informe de brechas con prioridad de riesgo y un plan de acción.

2

Diseño del programa integrado

Diseñamos el programa de compliance como un sistema único: políticas internas coherentes, un código ético que sirve de base para todos los programas, un sistema de formación del personal que cubre simultáneamente todos los ámbitos, y una estructura documental que evita duplicidades. El canal de denuncias se integra con el compliance penal y el RGPD desde el diseño.

3

Implantación coordinada y formación

Implantamos todos los programas de forma coordinada, gestionando los plazos y las comunicaciones internas. Formamos al personal en una sesión anual que cubre los cuatro ámbitos de forma integrada, con materiales diferenciados por nivel de responsabilidad. Acreditamos documentalmente la formación de cada empleado.

4

Responsable externo de compliance y auditoría anual

Actuamos como responsable externo de compliance de la empresa: somos el interlocutor único para cualquier cuestión de cumplimiento, gestionamos los incidentes cuando se producen, y realizamos la auditoría anual que verifica el estado de todos los programas y actualiza la documentación ante cambios normativos o de negocio.

4 en 1
RGPD + PBC + canal denuncias + compliance penal
50
Empleados: umbral que activa todas las obligaciones
hasta 50%
Ahorro estimado frente a proveedores separados

Teníamos el RGPD con una empresa, el canal de denuncias recién montado con otra, y el compliance penal a medias con nuestro abogado. BMC unificó todo, identificó tres contradicciones graves entre nuestras políticas que nadie había detectado, y ahora tenemos un programa coherente con un solo interlocutor. El coste total bajó un 35% y dormimos mucho mejor.

Marta Sánchez Prieto Directora General, Grupo Esparza Distribución, SL

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El tsunami regulatorio para empresas de tamaño medio

Las empresas españolas de entre 50 y 250 empleados se encuentran en el epicentro de una acumulación regulatoria sin precedentes. No se trata de una sola ley nueva que asimilar: en los últimos cinco años han entrado en vigor o se han intensificado de forma simultánea cuatro grandes marcos normativos que se aplican de forma independiente pero que comparten un mismo espacio operativo dentro de la empresa.

El RGPD y la LOPDGDD llevan vigentes desde 2018, pero la AEPD ha incrementado notablemente su actividad sancionadora en los últimos tres años. Los registros de actividades de tratamiento, los contratos con encargados, las evaluaciones de impacto y las políticas de privacidad no son papeles que se hacen una vez: necesitan mantenimiento continuo.

La Ley 2/2023 de protección de los informantes impuso a las empresas de 50 o más empleados la obligación de tener un canal de denuncias operativo antes del 1 de diciembre de 2023. Las empresas que no lo tienen están en situación de incumplimiento activo, con sanciones que pueden llegar a 1 millón de euros para las infracciones más graves.

El programa de compliance penal conforme al artículo 31 bis del Código Penal no es obligatorio en sentido estricto, pero su ausencia tiene consecuencias devastadoras: si un directivo o empleado comete un delito en el ejercicio de sus funciones, la empresa responde penalmente si no puede demostrar que disponía de un modelo de prevención de delitos efectivo y operativo antes del hecho. El programa no es un escudo que se crea después del problema.

La prevención del blanqueo de capitales afecta a los sujetos obligados por la Ley 10/2010, categoría que incluye a más sectores de los que muchas empresas creen: agencias inmobiliarias, despachos de asesores, gestores de patrimonio y prestadores de servicios a sociedades, entre otros.

Por qué la fragmentación de proveedores es el mayor error

La respuesta habitual de las empresas medianas al tsunami regulatorio es contratar cada obligación con un proveedor diferente: una consultora digital para el RGPD, el despacho de siempre para el compliance penal, una plataforma SaaS para el canal de denuncias, y tal vez nadie para la prevención del blanqueo porque no están seguros de si les aplica.

Esta fragmentación genera tres problemas críticos que raramente se hacen visibles hasta que hay un incidente.

Contradicciones documentales: El canal de denuncias recoge datos personales de los informantes y de las personas denunciadas. Esos datos necesitan su propia base de legitimación, su registro de actividades y sus plazos de supresión. Si el proveedor del canal no habla con el DPO del RGPD, es casi inevitable que las políticas sean inconsistentes.

Brechas invisibles: Cada proveedor conoce su parcela. Nadie revisa el conjunto. El compliance penal requiere que exista un canal de denuncia interno para reportar irregularidades al órgano de vigilancia del modelo. Si el canal de denuncias fue montado por otro proveedor como un canal laboral de la Ley 2/2023 y no está integrado con el modelo penal, hay una brecha que nadie ha detectado.

Coste innecesariamente elevado: La formación del personal en RGPD, compliance penal y canal de denuncias se puede impartir de forma integrada en una sola sesión anual. Con tres proveedores, se imparten tres sesiones separadas con contenidos que se solapan y confunden a los empleados.

El modelo integrado de BMC

El compliance integral de BMC parte de un diagnóstico transversal que analiza simultáneamente el estado de cumplimiento en los cuatro ámbitos. El resultado es un informe único que prioriza las brechas por nivel de riesgo y propone un plan de implementación coordinado.

El programa se diseña como un sistema: un único código ético que sirve de base para todos los programas, políticas internas que se remiten entre sí con coherencia, un canal de denuncias que cumple simultáneamente los requisitos de la Ley 2/2023 y las necesidades del modelo penal, y una estructura de formación anual que cubre todos los ámbitos en una sola intervención diferenciada por nivel de responsabilidad.

BMC actúa como responsable externo de compliance de la empresa: somos el interlocutor único para cualquier cuestión de cumplimiento, gestionamos los incidentes (brecha de datos, denuncia recibida, inspección regulatoria, investigación penal preliminar), y realizamos la auditoría anual de todos los programas.

El argumento económico del compliance unificado

Contratar el RGPD con una consultora especializada, el compliance penal con un despacho penal, el canal de denuncias con una plataforma tecnológica y la prevención del blanqueo con un asesor independiente puede suponer un coste total anual de entre 15.000 y 30.000 euros para una empresa de 100 empleados, sin contar las duplicidades de formación y la gestión del tiempo interno que requiere coordinar cuatro proveedores.

El servicio de compliance integral de BMC para una empresa de tamaño equivalente se sitúa en un rango de 8.000 a 15.000 euros anuales (incluyendo implantación inicial en el primer año), con un solo interlocutor, un programa coherente y una auditoría anual incluida. La diferencia no es solo económica: es también la diferencia entre tener un programa de cumplimiento que funciona como un sistema y tener cuatro documentos que nadie ha leído completos.

FAQ

Preguntas frecuentes

Depende del tamaño de su empresa y de su sector. El RGPD es obligatorio para cualquier empresa que trate datos personales, sin umbral de tamaño. El canal de denuncias es obligatorio para empresas con 50 o más empleados desde diciembre de 2023. El programa de compliance penal no es formalmente obligatorio, pero es imprescindible para que la empresa pueda exonerarse o atenuar su responsabilidad penal conforme al artículo 31 bis del Código Penal: sin programa previo, la empresa no puede alegar en su defensa que había adoptado medidas de prevención. La prevención del blanqueo es obligatoria solo si la empresa es sujeto obligado por la Ley 10/2010, lo que depende de la actividad.
Sí, y es la opción más eficiente. Un proveedor que conoce en profundidad la empresa puede diseñar políticas internas coherentes, evitar duplicidades documentales y garantizar que los distintos programas no se contradicen entre sí. La fragmentación entre proveedores genera un riesgo real: cada proveedor ve solo su parcela y nadie tiene visión de conjunto. En BMC contamos con equipos especializados en protección de datos, derecho penal, compliance normativo y derecho laboral que trabajan de forma coordinada bajo un responsable de cuenta único para cada cliente.
Al superar los 50 empleados se activa automáticamente la obligación del canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023: la empresa debe implantar un sistema de información interna con las garantías de confidencialidad y gestión que establece la ley. También se activan el plan de igualdad (con auditoría retributiva), la obligación del comité de empresa y el refuerzo de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. Muchas empresas llegan a este umbral sin darse cuenta, especialmente cuando el crecimiento es gradual a lo largo de varios meses.
Para una pyme de 80 empleados en un sector sin obligaciones PBC (por ejemplo, una empresa de servicios tecnológicos o una distribuidora industrial), el servicio de compliance integral que incluye RGPD, canal de denuncias y compliance penal tiene un coste de implantación inicial que suele situarse entre 8.000 y 15.000 euros, dependiendo del estado de partida y la complejidad de la estructura societaria. El mantenimiento anual posterior, que incluye la actualización de documentación, la formación anual del personal y la auditoría de cumplimiento, se sitúa habitualmente entre 3.500 y 6.000 euros anuales. Estos importes son significativamente inferiores a los costes de contratar tres proveedores especializados distintos.
El compliance de grupos empresariales con presencia multinacional requiere un análisis adicional, especialmente en materia de protección de datos (transferencias internacionales, cláusulas contractuales tipo) y canal de denuncias (posibilidad de canal compartido a nivel de grupo, tratamiento de denuncias transfronterizas). BMC puede gestionar el compliance del grupo a nivel español y coordinar con asesores locales en otras jurisdicciones donde el grupo opere. Las filiales fuera del EEE tienen sus propias obligaciones PBC y de protección de datos que pueden diferir del marco español.
Los programas de compliance no son documentos estáticos. El RGPD requiere revisar los registros de actividades de tratamiento cuando cambian los tratamientos de datos y actualizar los contratos con encargados cuando cambian los proveedores. El compliance penal debe actualizarse cuando cambia la estructura societaria, el tipo de actividad o la plantilla directiva. El canal de denuncias necesita mantenimiento cuando se producen denuncias que generan jurisprudencia interna o cuando cambia la normativa. BMC realiza una auditoría anual formal de todos los programas e incorpora las actualizaciones necesarias como parte del servicio de mantenimiento.

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