Registro Retributivo: Obligatorio para Todas las Empresas sin Excepción de Tamaño
Elaboración y mantenimiento del registro retributivo obligatorio para todas las empresas en España. Cumplimiento del RD 902/2020, datos por categoría y brecha salarial de género.
Aplica esto a tu empresa?
¿Tiene su empresa el registro retributivo actualizado con datos desagregados por sexo y categoría profesional?
¿Conoce cuál es la brecha salarial de género de su empresa por categorías?
¿Podría su empresa justificar ante la Inspección de Trabajo las diferencias retributivas entre hombres y mujeres?
¿Está preparada su empresa para las nuevas obligaciones de la Directiva de Transparencia Retributiva 2023/970?
0 respondidas de 4 preguntas
Cómo Elaboramos el Registro Retributivo de su Empresa
Análisis de la estructura retributiva
Revisamos los conceptos retributivos de la empresa: salario base, complementos personales, complementos de puesto, pagas extraordinarias, retribución variable, beneficios en especie y percepciones extrasalariales. Identificamos los grupos y categorías profesionales del convenio colectivo aplicable.
Elaboración del registro retributivo
Construimos el registro con los valores medios, medianas y percentiles de cada concepto retributivo, desagregados por sexo y por categoría profesional, grupo y puesto de trabajo. Calculamos la brecha retributiva de género en cada categoría y para el conjunto de la empresa.
Análisis de la brecha y justificación
Cuando existen diferencias retributivas entre hombres y mujeres, analizamos si responden a factores objetivos justificables (diferencias de antigüedad, nivel de responsabilidad, complementos por turno, valoración del desempeño, etc.) o si constituyen discriminación retributiva indirecta.
Coordinación con el plan de igualdad
Para empresas con más de 50 trabajadores, coordinamos el registro retributivo con la auditoría retributiva obligatoria del plan de igualdad, evitando duplicidades y asegurando la coherencia entre ambos documentos.
Procedimiento de consulta por la RLT
Elaboramos el procedimiento para que la representación legal de los trabajadores pueda consultar el registro retributivo conforme a la normativa. Los representantes tienen derecho de acceso, con las limitaciones de protección de datos individuales que procedan.
Actualización anual y adaptación normativa
El registro debe actualizarse cuando menos anualmente. Mantenemos el registro al día con los cambios retributivos de la empresa y preparamos la adaptación a la Directiva de Transparencia Retributiva 2023/970, cuya transposición está en proceso.
El desafio
El registro retributivo es obligatorio para todas las empresas, desde la microempresa hasta la gran corporación, sin ningún umbral de plantilla. Muchos empresarios desconocen esta obligación o la confunden con el plan de igualdad (que es para empresas de más de 50 trabajadores). El incumplimiento del RD 902/2020 está tipificado como infracción grave por la Inspección de Trabajo, y la transparencia retributiva que exige la Directiva 2023/970 añade una capa adicional de obligaciones que ya está en proceso de transposición.
Nuestra solución
Elaboramos y mantenemos el registro retributivo de su empresa conforme al RD 902/2020: datos por categorías profesionales, grupos y puestos, con medias y medianas de salario base, complementos y percepciones extrasalariales, desagregados por sexo. Si la empresa tiene plan de igualdad, coordinamos la auditoría retributiva con el registro. Preparamos la documentación para facilitar la consulta por parte de la representación de los trabajadores y para superar cualquier actuación inspectora.
El registro retributivo es obligatorio para todas las empresas en España, sin ningún umbral de plantilla, desde la entrada en vigor del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. A diferencia del plan de igualdad (que solo afecta a empresas con más de 50 trabajadores), el registro retributivo es una obligación universal: lo deben llevar desde la microempresa con dos empleados hasta la gran empresa, pasando por autónomos con trabajadores, fundaciones, asociaciones y cualquier entidad que tenga personal laboral. El registro recoge los valores medios y medianas de los salarios, complementos y percepciones extrasalariales, desagregados por sexo y clasificados por categoría profesional, grupo y puesto de trabajo, para que sea posible identificar si existe brecha salarial de género en la empresa.
El RD 902/2020: igualdad retributiva sin excepción de tamaño
El Real Decreto 902/2020 desarrolla el principio de igual retribución por trabajo de igual valor que establece el art. 28 del Estatuto de los Trabajadores. Este principio ya existía en el ordenamiento español desde la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad, pero la regulación anterior no establecía mecanismos concretos para hacerlo efectivo. El RD 902/2020 introdujo tres instrumentos complementarios:
- El registro retributivo (art. 5): obligatorio para TODAS las empresas
- La auditoría retributiva (art. 8): obligatoria para empresas con plan de igualdad (más de 50 trabajadores)
- El sistema de valoración de puestos de trabajo (arts. 10-12): herramienta para determinar qué trabajos son de “igual valor” con independencia del nombre del puesto
Los tres instrumentos están interconectados: el registro es la base estadística, la valoración de puestos es el sistema analítico, y la auditoría es el proceso de diagnóstico y corrección que combina ambos.
Qué conceptos recoge el registro retributivo
El registro debe estructurarse de forma que permita la comparación efectiva entre la retribución de hombres y mujeres. Para cada categoría profesional, grupo o puesto de trabajo reconocido en el convenio colectivo o en el sistema de clasificación propio de la empresa, el registro debe recoger:
Concepto 1: Salario base
- Valor medio (media aritmética) para hombres y para mujeres en esa categoría
- Valor mediana para hombres y para mujeres en esa categoría
- Diferencia porcentual (brecha) entre la media masculina y la femenina
Concepto 2: Complementos salariales
Para CADA complemento que exista en la empresa (complemento de antigüedad, plus de peligrosidad, complemento de turnicidad, complemento personal, complemento de productividad, bonus, etc.):
- Valor medio para hombres y mujeres
- Valor mediana para hombres y mujeres
- Diferencia porcentual en cada complemento
Concepto 3: Percepciones extrasalariales
Dietas, plus de transporte, plus de ropa de trabajo, seguros de salud como beneficio laboral, cheques comedor, y cualquier percepción que no sea estrictamente salario:
- Valor medio y mediana por sexo y categoría
Concepto 4: Retribución total
Suma de todos los conceptos anteriores, con media, mediana y brecha total por categoría y para el conjunto de la empresa.
Cómo se calcula la brecha salarial de género
La brecha salarial de género en el contexto del RD 902/2020 no es la brecha genérica que publica el INE (que compara todos los hombres con todas las mujeres de la economía): es la brecha ajustada por categoría profesional, que compara hombres y mujeres en puestos de trabajo equivalente dentro de la misma empresa.
Fórmula de brecha por categoría:
Brecha (%) = ((Media retributiva hombres – Media retributiva mujeres) / Media retributiva hombres) × 100
Ejemplo práctico en empresa de 30 empleados:
| Categoría | Media hombres | Media mujeres | Brecha |
|---|---|---|---|
| Técnico nivel 1 | 28.500 € | 26.800 € | +5,97% |
| Técnico nivel 2 | 34.200 € | 34.200 € | 0% |
| Responsable de área | 48.000 € | 41.500 € | -13,54% |
| Administrativo | 22.100 € | 21.900 € | +0,90% |
| Total empresa | 33.200 € | 29.200 € | +12,05% |
En este ejemplo, hay una brecha significativa en la categoría “Responsable de área” (-13,54%) que debería analizarse: si se debe a diferencias de antigüedad, jornada, o criterios objetivos de valoración del desempeño, hay justificación; si no, hay un problema de discriminación retributiva indirecta.
Diferencia entre registro retributivo y auditoría retributiva
Una de las confusiones más frecuentes en la práctica empresarial es equiparar el registro retributivo con la auditoría retributiva. Son instrumentos distintos:
| Aspecto | Registro retributivo | Auditoría retributiva |
|---|---|---|
| Quién está obligado | TODAS las empresas | Empresas con plan de igualdad (>50 trabajadores) |
| Fundamento legal | Art. 5 RD 902/2020 | Art. 8 RD 902/2020 |
| Contenido | Medias y medianas de retribución por sexo y categoría | Análisis causal de las diferencias: valoración de puestos, factores explicativos |
| Periodicidad | Anual (mínimo) | Con el plan de igualdad (cada 4 años + actualizaciones) |
| Negociación con RLT | Consulta previa | Negociación en la comisión del plan de igualdad |
| Resultado | Dato estadístico | Diagnóstico + medidas correctoras |
Las empresas con más de 50 trabajadores deben cumplir AMBAS obligaciones. Las empresas con menos de 50 trabajadores solo están obligadas al registro retributivo.
Derecho de consulta de la representación legal de los trabajadores
El art. 5.4 del RD 902/2020 establece que las personas trabajadoras tienen derecho de acceso al registro retributivo a través de su representación legal. El acceso de la RLT es amplio: pueden ver los valores medios, medianas y brechas de todas las categorías.
Cuando no hay representación legal de los trabajadores en la empresa, el acceso es directo para cualquier trabajador, pero más limitado: solo pueden ver las diferencias porcentuales entre la media de hombres y la de mujeres, sin los valores absolutos de retribución (para evitar que, en empresas muy pequeñas, los datos permitan identificar la retribución individual de una persona).
Protección de datos en el registro: el registro no debe contener datos personales individualizados. En empresas con menos de 5 personas en una categoría concreta, hay que agrupar categorías o redondear los datos para evitar que sea posible identificar la retribución de una persona específica, en cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD.
El registro retributivo y la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha incorporado la verificación del registro retributivo a sus actuaciones ordinarias. Los inspectores verifican:
- Existencia del registro: que la empresa tiene elaborado el documento
- Actualización: que el registro está al día (actualizado en el último año como mínimo)
- Contenido mínimo: que incluye todos los conceptos exigidos por el RD 902/2020 (medias, medianas, todos los complementos, percepciones extrasalariales)
- Desagregación correcta: que los datos están separados por sexo y por categoría profesional
- Brecha visible: que el registro calcula y muestra la diferencia entre la retribución media de hombres y mujeres
- Acceso de la RLT: que existe un procedimiento para que la representación pueda consultarlo
Si el registro existe pero está incompleto, solo recoge el salario base sin los complementos, o no está actualizado, el inspector puede levantar acta de infracción igualmente.
La Directiva de Transparencia Retributiva 2023/970: el horizonte de 2026
La Directiva 2023/970/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, sobre la igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor mediante la transparencia retributiva y los mecanismos para su aplicación, debe transponerse al ordenamiento español antes del 7 de junio de 2026.
Las principales novedades que introduce y que las empresas deben anticipar:
1. Información salarial precontractual Las empresas deberán comunicar a los candidatos, en la oferta de empleo o antes de la entrevista de trabajo, la banda salarial del puesto o el salario inicial previsto. Esta obligación afecta a todas las empresas, independientemente del tamaño.
2. Derecho a la información comparativa de los trabajadores Cualquier empleado, directamente (sin necesidad de pasar por la representación legal), podrá solicitar información sobre el nivel retributivo medio de su categoría profesional, desglosado por sexo. La empresa debe responder en el plazo que establezca la transposición.
3. Informes periódicos de brecha salarial
- Empresas de 100 a 149 trabajadores: informe cada 3 años
- Empresas de 150 a 249 trabajadores: informe cada 3 años
- Empresas de 250 o más trabajadores: informe anual
4. Obligación de auditoría retributiva conjunta Cuando el informe de brecha detecte una diferencia superior al 5% en alguna categoría que no pueda justificarse por factores objetivos ajenos al sexo, la empresa deberá realizar una auditoría retributiva conjunta con la representación de los trabajadores en un plazo máximo de 6 meses.
5. Sanciones significativamente más elevadas La Directiva exige que las sanciones sean efectivas, proporcionadas y disuasorias, con presunción de discriminación cuando el empleador no puede justificar las diferencias retributivas.
Las empresas que ya tienen el registro retributivo al día conforme al RD 902/2020 tienen una ventaja: sus datos y procesos son la base sobre la que se construirá el cumplimiento de la Directiva. Cuanto más completo y actualizado esté el registro actual, menor será el esfuerzo de adaptación en 2026.
El registro retributivo en el contexto del compliance laboral
El registro retributivo no es una isla: es parte de un conjunto coherente de obligaciones de igualdad y transparencia que se articulan entre sí:
- Plan de igualdad: Para empresas de más de 50 trabajadores. El registro retributivo alimenta el diagnóstico del plan y la auditoría retributiva forma parte del plan.
- Compliance laboral: El registro retributivo es una de las obligaciones que la Inspección verifica en las actuaciones de cumplimiento laboral.
- Derecho laboral contencioso: En demandas por discriminación retributiva, el registro es prueba tanto para la empresa (si demuestra igualdad) como para el trabajador (si evidencia una brecha injustificada).
- Nóminas y gestión de personal: Los datos del registro provienen de las nóminas; la integración entre la gestión de nóminas y el mantenimiento del registro reduce el esfuerzo de actualización.
Resultados que puede esperar
- Registro retributivo elaborado conforme al RD 902/2020 con todos los conceptos exigidos
- Análisis de la brecha salarial de género por categoría profesional con documentación de justificación para las diferencias detectadas
- Procedimiento de acceso para la representación legal de los trabajadores
- Registro actualizable anualmente con mínimo esfuerzo operativo
- Documentación preparada para superar una actuación inspectora sin acta de infracción
- Hoja de ruta para la adaptación a la Directiva de Transparencia Retributiva 2023/970
La transparencia retributiva no es una amenaza para las empresas que gestionan bien sus retribuciones: es una herramienta para identificar ineficiencias, detectar desigualdades antes de que lleguen a juicio, y demostrar a trabajadores, candidatos y clientes que la empresa trata a su plantilla de forma justa e igualitaria.
Fuentes y Marco Normativo
- BOE — RD 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
- BOE — RD 901/2020 por el que se regulan los planes de igualdad
- BOE — Estatuto de los Trabajadores, art. 28
- BOE — Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad Efectiva
- EUR-Lex — Directiva 2023/970/UE sobre transparencia retributiva
- ITSS — Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Diferencia entre Registro Retributivo y Auditoría Retributiva
Pensábamos que el registro retributivo era solo para grandes empresas. Cuando la Inspección vino por otro motivo, también revisó el registro y no lo teníamos. BMC nos lo elaboró en una semana y ahora también usamos los datos para revisar nuestra política salarial. Ha sido útil más allá del cumplimiento.
Equipo con experiencia local y visión internacional
Qué Debe Incluir el Registro Retributivo según el RD 902/2020
Elaboración del registro retributivo
Construcción del registro con medias y medianas de salario base, complementos y percepciones extrasalariales, desagregados por sexo y por categoría profesional, grupo y puesto de trabajo. Cálculo de la brecha retributiva de género en cada categoría y para el conjunto de la empresa.
Análisis y justificación de diferencias
Cuando existen diferencias retributivas, analizamos si responden a factores objetivos justificables (antigüedad, responsabilidad, turnicidad, desempeño) o si pueden constituir discriminación retributiva indirecta. Elaboramos la documentación de justificación para cada diferencia identificada.
Coordinación con plan de igualdad y auditoría retributiva
Para empresas con más de 50 trabajadores, integramos el registro retributivo con la auditoría retributiva obligatoria del plan de igualdad, eliminando duplicidades y asegurando la coherencia documental ante la Inspección.
Procedimiento de acceso para la RLT
Elaboramos el protocolo de acceso al registro para la representación legal de los trabajadores, con las garantías de protección de datos individuales. Documentamos las solicitudes de acceso y las respuestas para dejar constancia ante la Inspección.
Actualización anual y preparación para Directiva 2023/970
Mantenemos el registro actualizado con los cambios retributivos de la empresa y preparamos la adaptación progresiva a las nuevas obligaciones de la Directiva de Transparencia Retributiva 2023/970, cuya transposición al derecho español vence en junio de 2026.
Resultados que hablan
Recuperacion de cartera de deuda comercial
Recuperacion del 92% de la cartera en 4 meses, con acuerdos extrajudiciales en el 78% de los casos.
Defensa laboral integral para multinacional industrial
100% de resoluciones favorables: 5 acuerdos ventajosos en conciliación y 3 sentencias estimatorias completas.
Programa RGPD para grupo hospitalario: de investigación a cumplimiento pleno
Investigación de la AEPD cerrada sin sanción. Cumplimiento RGPD pleno alcanzado en 6 meses en todos los centros del grupo.
Guías de referencia
Abogado de empresa en Murcia: Asesoramiento legal para pymes, empresas agroalimentarias e industriales
Abogados especializados en derecho de empresa en Murcia. Constituciones, contratos mercantiles, disputas comerciales y asesoramiento legal continua para pymes murcianas.
Ver guíaAbogado de herencias en Madrid: trámite su herencia con la máxima bonificación y sin conflictos
Abogados especialistas en herencias en Madrid. Tramitación completa, bonificación 99% ISD Comunidad de Madrid, particion, testamentos y conflictos hereditarios.
Ver guíaAbogado inmobiliario en Alicante: Asesoramiento legal completa para comprar y vender en la Costa Blanca
Abogado inmobiliario en Alicante y la Costa Blanca para compradores extranjeros. Compraventa de viviendas, due diligence, contratos de arrendamiento, IBI y protección de derechos del propietario.
Ver guíaAbogado laboral en construcción: cumpla la normativa del sector más exigente
Asesoramiento laboral especializado para constructoras y promotoras: convenio general de la construcción, subcontratación, accidentes laborales, ERTE y gestión de plantilla en obra.
Ver guíaAbogado inmobiliario en Marbella: protección jurídica completa en la compra de su propiedad
Abogado inmobiliario en Marbella especializado en compraventa de lujo, due diligence jurídica, contratos y asesoramiento legal para compradores no residentes en la Costa del Sol.
Ver guíaAbogado laboralista en Barcelona: defienda sus derechos ante el CMAC y los Juzgados de lo Social con asesores especializados
Abogados laboralistas para trabajadores y empresas en Barcelona. Despidos, ERE, conciliación CMAC, plan de igualdad, acoso laboral y conflictos colectivos. Atención digital y presencial bajo demanda desde Madrid.
Ver guíaAnálisis y perspectivas
Preguntas Frecuentes sobre el Registro Retributivo Obligatorio
Empieza con un diagnóstico gratuito
Nuestro equipo de especialistas, con profundo conocimiento del mercado español y europeo, te guiara desde el primer momento.
Registro Retributivo
Legal
Primer paso
Empieza con un diagnóstico gratuito
Nuestro equipo de especialistas, con profundo conocimiento del mercado español y europeo, te guiara desde el primer momento.
Solicita tu diagnóstico
También le puede interesar
Nóminas y Administración de Personal
Externalización del ciclo de nóminas: cálculo, Seguridad Social, IRPF, Siltra, contratos y finiquitos. Entrega garantizada antes del día 28.
Saber másGestión de Personal
Servicio integral de gestión de nóminas, Seguridad Social y administración de RRHH para empresas de todos los tamaños.
Saber másCompliance Laboral
Cumplimiento laboral integral: registro de jornada, planes de igualdad, transparencia retributiva, protocolos de acoso y defensa ante inspecciones.
Saber másDerecho Laboral
Gestión laboral integral que protege a su empresa y garantiza el cumplimiento normativo en materia de empleo.
Saber másPlan de Igualdad de Empresa
Elaboración, negociación y registro del plan de igualdad obligatorio para empresas con más de 50 trabajadores. Cumplimiento del RD 901/2020 y registro en REGCON.
Saber másTérminos clave
Contrato indefinido
Modalidad contractual que establece una relación laboral sin fecha de terminación predeterminada. Es…
Leer definiciónConvenio colectivo
Acuerdo negociado entre los representantes de los trabajadores y los empresarios que regula las…
Leer definiciónNegociación colectiva
Proceso de diálogo entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular…
Leer definiciónPlan de igualdad obligatorio
Instrumento de planificación que fija los objetivos de igualdad de trato y oportunidades entre…
Leer definiciónSeguridad Social
Sistema público español de protección social que garantiza a los ciudadanos la cobertura de…
Leer definición